SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

Fragmento 16

Consiguientemente, la esencia de que el trabajador puede acudir directamente a esta jurisdicción en caso de incumplimiento de la conminatoria, es justamente la protección provisional, efectiva e inmediata de los derechos de éste, razón por la cual, desnaturaliza dicha efectividad, si el trabajador afectado consiente el referido incumplimiento interponiendo después de los seis meses la acción de amparo constitucional, pues como se dijo, Clemente Valeriano Copa debió activar la justicia constitucional, inmediatamente del incumplimiento de la conminatoria; al no haber actuado así corresponde denegar la tutela.