Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0224/2014-S2
Fecha: 05-Dic-2014
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución SCFI-241/2014 de 20 de mayo, cursante de fs. 453 a 457 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por la Sociedad Boliviana de Cemento S.A. (SOBOCE S.A.), representada legalmente por Daniel Felipe Carlos Gross Iturre contra Norka Natalia Mercado Guzmán, Antonio Guido Campero Segovia, Magistrados de Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia; y, Carla Jimena Rivera Taboada, Secretaria de Cámara de la misma Sala y Tribunal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- Art. 8 del Decreto Supremo 1592 de 19 de abril 1949,
- art 2 del Decreto Ley 16187 de 16 de febrero de 1979
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Los límites de la jurisdicción constitucional con respecto a la ordinaria
- III.3. La interpretación de la legalidad ordinaria y el ámbito de competencia de la jurisdicción constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo