Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2014-S3
Fecha: 08-Dic-2014
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 17 de enero de 2013, ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, Magali Barba Pinto, solicitó control jurisdiccional argumentando la existencia de puntos álgidos en la investigación, tanto del Ministerio Público, como de la policía judicial dentro de la fase preparatoria (fs. 44 y vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.2. La audiencia conclusiva y su configuración procesal
- Deducir excepciones e incidentes
- sólo ante el agotamiento de los mismos la jurisdicción constitucional a través del amparo, quedará abierta para el análisis y consideración de los actos u omisiones que impliquen lesión de los derechos y garantías constitucionales
- 2