SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2014-S3

Fecha: 08-Dic-2014

I.2.4. Intervención del tercero interesado

Nildo Ibarra Yarvi, en audiencia de acción de amparo constitucional indicó que en ningún momento se adueñaron de su casa, pues tienen fotocopias, recibos y cartas donde el accionante les ofreció venderles la casa, habiendo convenido en $us1000 (un mil dólares estadounidenses) de los cuales $us800 (ochocientos dólares estadounidenses) ya fueron cancelados, recibos que fueron firmados por el accionante con el compromiso de transferirles el inmueble, pero este finalmente se negó; asimismo, adujo tener posesión del inmueble durante doce años, a raíz de ello plantearon la demanda de usucapión, y conocedor de ésta el accionante los demandó en Cochabamba, hizo uso de sus influencias para ganar el proceso de usucapión en Cotagaita, se consideran perseguidos tanto a su persona, su esposa como a su familia, conculcando sus derechos humanos al ser acusados de un supuesto delito de estelionato, y aprovechándose el accionante de su condición de profesional, son sujetos de maltrato al ocasionarles cuantiosos gastos.