SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2014

Fecha: 05-Feb-2014

II.9.

II.9.  Por memorial de 26 de junio de 2013, los querellantes a tiempo de advertir “la inexistencia de fs. 545” solicitaron a la Jueza demandada, rechace el incidente de la extinción de la acción penal, arguyendo que no existe conminatoria expresa al Fiscal Departamental; a la vez, pidieron revocatoria de las medidas sustitutivas y la detención preventiva de Sdenka Magaly Viscarra Arispe, arguyendo que no cumplió las medidas impuestas (fs. 146 a 148). Previo informe del Secretario Abogado sobre los extremos denunciados, la autoridad judicial ordenó la remisión de la foja aludida al Oficial de Diligencias de Sipe Sipe y a la Secretaria Abogada de Vinto, a la vez señaló audiencia para considerar la revocatoria de las medidas sustitutivas para el 24 de septiembre de igual año (fs. 149 a 151 vta.).