Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2014
Fecha: 12-Feb-2014
II.1.
II.1. La Resolución del Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0539/2013 de 6 de mayo, pronunciada por el Director Ejecutivo a.i. de la ARIT La Paz, fue notificada a Vladimir Marinko Marinkovic Álvarez y, a Clotilde Maldonado Hinojosa, la última nombrada en su condición de Gerente Distrital La Paz del SIN, el 8 de mayo de la misma gestión en Secretaría de la ARIT La Paz (fs. 1 a 18).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Normativa aplicable al caso
- III.3. Análisis del caso concreto
- toda providencia y actuación, deberá ser notificada a las partes en la Secretaría de la Superintendencia Tributaria General o Regional o de la Intendencia Departamental respectiva, según sea el caso, con excepción del acto administrativo de admisión del Recurso de Alzada y de la Resolución que ponga fin al Recurso Jerárquico, que se notificará a ambas partes en forma personal según lo dispuesto en los parágrafos II y III del Artículo 84
- CONFIRMAR