SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0296/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0296/2014

Fecha: 12-Feb-2014

III.1. Naturaleza jurídica y alcances del recurso contra tributos, impuestos, tasas, patentes, derechos o contribuciones especiales

Doctrinalmente este recurso ha sido conceptualizado como: "Un proceso constitucional que tiene por finalidad someter a juicio de constitucionalidad una disposición legal que crea, modifica o suprime tributos en general, sean estos impuestos, tasas, patentes, o cualquier género de contribuciones, con la finalidad de verificar su compatibilidad con la Constitución." RIVERA Santivañez José Antonio, Jurisdicción Constitucional, Tercera Edición. Pág. 273.

El Código Procesal Constitucional en su art. 133, señala que éste recurso: "Tiene por objeto garantizar que toda disposición legal que cree, modifique o suprima un tributo, impuesto, tasa, patente, derecho o contribución de cualquier clase o naturaleza, se establezca de acuerdo con la Constitución Política del Estado".

La jurisprudencia constitucional, a través de la SC 0030/2010 de 20 de septiembre, al respecto también refiere: "Ello implica que el presente recurso se constituye en una acción de puro derecho que forma parte del control normativo de carácter correctivo o a posteriori, porque tiene por finalidad el control objetivo de la normatividad, es decir, de la disposición legal creadora, modificadora o supresora del tributo, para sanear el ordenamiento jurídico del Estado, sobre la base de una contrastación de las normas de la disposición legal impugnada, con los preceptos de la Ley Fundamental, con la finalidad de que esa normativa no sea aplicada al caso concreto; es decir, que sea declarada inaplicable".

         En este entendido, el referido razonamiento es aplicable, toda vez que conforme ha señalado el art. 133 del CPCo, el objeto o finalidad del recurso contra tributos, es garantizar que toda disposición que cree, modifique o suprima un tributo, impuesto, tasa, patente, derecho o contribución, sea establecido de acuerdo a la Constitución Política del Estado; por ende, este recurso en esencia, constituye un mecanismo de control normativo, porque a través del mismo se verifica la compatibilidad o incompatibilidad de una disposición legal creadora, modificadora o supresora de un tributo, con las normas Constitucionales; por lo que, constituye un proceso constitucional autónomo y separado de la Acción de Inconstitucionalidad, toda vez que tiene sus propias normas y objeto de control.