Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2014
Fecha: 21-Feb-2014
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
El accionante, denuncia una condena anticipada y estima lesionados sus derechos a la libertad personal y de circulación, a una justicia plural pronta y oportuna, a la presunción de inocencia; y la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 22, 21.7, 22, 23.I y II, 115.I y II, 116.I y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador,
- CONFIRMAR