SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2014
Fecha: 21-Feb-2014
II.2.
II.2. Mediante memorial presentado el 31 de agosto de 2012, por Renzo Estevez Saldaña, Fiscal de Materia, ante el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, solicitó la suspensión condicional del proceso y en aplicación al art. 24 del CPP, se señale día y hora de audiencia, se admita y se fije el tiempo de un año de prueba para el imputado Brando Luis Aradaya Serrate, señalando la imposición de medidas. Dicho memorial mereció la providencia de 4 de septiembre de ese año, que programó audiencia para el 4 de octubre del citado año a horas 11:30; sin embargo, en la fecha mediante nota emitida por la Secretaria del Juzgado, se procedió a la suspensión de la audiencia por falta de notificaciones, toda vez que el Juez se encontraba en audiencia (fs. 83 y 84 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador,
- CONFIRMAR