SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2014

Fecha: 21-Feb-2014

a)

Solicitan se conceda la tutela con relación a cada uno de los lotes de terrenos y en consecuencia se ordene: a) El restablecimiento de los derechos vulnerados a objeto de que cesen las ilegalidades y actos hostiles perpetrados por los demandados; b) El desalojo inmediato de los avasalladores dentro de las veinticuatro horas de su legal notificación, sea con auxilio de la fuerza pública; y, c) La demolición de las edificaciones precarias y se ordene a la Cooperativa Eléctrica Riberalta Ltda., el retiro de medidores de luz colocados en los predios avasallados. Sea con costas, multas, pago de daños y perjuicios.

Los accionantes a través de sus representantes señalan que se vulneraron sus derechos a la propiedad privada y a la sucesión hereditaria; toda vez, que el 1 de junio de 2013, los demandados: a) Ingresaron de manera violenta a sus terrenos con objetos contundentes consistentes en machetes, palos, palas e instrumentos punzocortantes; b) Posteriormente construyeron una especie de viviendas de madera totalmente precarias; y, c) Desde la fecha de eyección de sus predios, trataron de disuadir a los avasalladores y/ó loteadores para que desocupen sus terrenos; sin embargo, ésta fue respondida con agresiones verbales y físicas e incluso fueron amenazados de muerte y sacados a empujones de sus terrenos. En consecuencia, corresponde analizar si el problema jurídico planteado puede ser analizado vía acción de amparo constitucional, con el fin de conceder o denegar la tutela solicitada.