SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0449/2014
Fecha: 25-Feb-2014
a)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo: a) Se restablezca el respeto a la propiedad privada entre tanto, se expropie la parte afectada de su propiedad o en su defecto el Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba demuestre su derecho propietario, en los términos expuestos en memorial de 22 de julio de 2013; b) Se retire la construcción de la base o cimiento de la malla perimetral que atraviesa la propiedad privada; c) Se permita el cierre del perímetro de la propiedad privada lesionada, con cargo al accionante en los términos del art. 114 del Código Civil (CC); d) Se establezca la responsabilidad civil a la parte accionada por los daños y perjuicios causados con la cercenación material y física de la propiedad privada con otras de interés público sin previa expropiación; e) De conformidad al art. 113.II de la CPE, se ordene la interposición de la acción de repetición, contra las autoridades o servidores del Municipio de Sacaba, responsables de los daños y perjuicios a los que fuera condenado a reparar; y, f) Al amparo del art. 34 del Código Procesal Constitucional (CPCo), como medida cautelar la suspensión de la construcción de la obra civil denominada “cerramiento Parque Recreacional Fase 1 Distrito 1, contigua a la piscina Municipal semiolímpica ubicada a la orilla del río Mailanco del municipio de Sacaba”, sobre la propiedad privada de la cual es copropietario en un cincuenta por ciento de acciones y derechos.
- I.1.1. Fundamentos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. Del principio de subsidiariedad
- III.4. Hechos controvertidos
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo