Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0454/2014
Fecha: 25-Feb-2014
a)
Solicita se conceda la tutela impetrada, disponiendo: a) Se deje sin efecto el Memorándums de destitución NGA 032/2013 de 8 de febrero; y, b) La Autoridad sumariante remita los antecedentes a conocimiento de la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) del SEDES La Paz, a objeto de que dicha instancia se pronuncie sobre el recurso jerárquico interpuesto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- i)
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. La inobservancia al principio de inmediatez es causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo