SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 0290/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 0290/2014

Fecha: 12-Feb-2014

Fragmento 10

         En vía de complementación, el abogado de la ahora accionante, solicitó a la autoridad demandada, que se pronuncie con relación a su estado de embarazo y la aplicación del art. 232 del CPP, sin embargo, por Auto del mismo día y mes la autoridad demandada, señaló que: “En la vía de complementación y enmienda solicitada por el abogado de la defensa, la suscrita ha sido clara con la relación de los hechos y las circunstancias que han motivado la determinación y el Artículo 232 del Código de Procedimiento Penal, en su última parte y que me voy a permitir dar lectura dice:..” (sic).