SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2014
Fecha: 10-Mar-2014
II.1.
II.1. Dentro de la demanda ordinaria de anulabilidad de contrato de compra venta de propiedad inmueble seguida por los ahora accionantes contra Gaby Claure Gómez Vda. de Moreno y Sarita Moreno Claure, se dictó la sentencia 24 de 27 de febrero de 2012, declarando probada la demanda, improbadas las excepciones perentorias de prescripción y cosa juzgada opuestas, disponiendo la anulación de los documentos de 16 de marzo de 2005, supuestamente suscritos entre Alicia Claure Gómez Vda. de Velasco y Gaby Claure Gómez Vda. de Moreno y la anulabilidad del documento de reconocimiento de derecho propietario de 15 de marzo de 2006, suscrito entre Gaby Claure Gómez Vda. de Moreno y Sarita Moreno Claure, sin lugar al pago de daños y perjuicios (fs. 311 a 316).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 8
- II.4.
- el objeto
- Fragmento 11
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su naturaleza jurídica
- III.2. El debido proceso y los principios de fundamentación, motivación en las resoluciones
- III.2.1. Fundamentación y motivación de las resoluciones
- i)
- III.2.2. Principio de congruencia
- 1)
- CONFIRMAR