SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2014
Fecha: 10-Mar-2014
II.3.
II.3. Inocente Daknner, Wilder Freddy y Soraida Margot Velasco Claure, por memorial de 16 de octubre de 2012, interpusieron recurso de nulidad y casación en el fondo contra el Auto de Vista 132/2012, alegando la violación y errónea interpretación de normas referidas a: i) Aplicación equivocada de la “SC 0001/2004-R de 7 de enero”, que aduce que el art. 1507 del Código Civil (CC), establece la extinción de los derechos patrimoniales por prescripción en cinco años, situación irrefutable, pues fue en la parte in fine del citado artículo en el cual basaron su demanda de anulabilidad; ii) Se habló de la eficacia del art. 556. I del CC, empero ignoraron totalmente el parágrafo II del mencionado artículo que establece que el plazo para la prescripción debe correr a partir de la fecha en que tuvieron conocimiento de la existencia de los documentos de transferencia que sería el momento en que cesó la violencia y se conoció los vicios del consentimiento que tienen los contratos de compra venta demandados de nulidad; iii) Erróneo cómputo del plazo, sin tomar en cuenta los documentos de Bs20 000.-(veinte mil bolivianos) y de $us15 000.-(quince mil dólares estadounidenses) suscritos veinticuatro días antes del fallecimiento de su madre que se encontraba desahuciada; iv) El a quo realizó un exhaustivo trabajo al valorar la prueba, amparándose para dictar su sentencia “…en los arts. 1320 del CC y 477 de su procedimiento…”(sic); y, v) En el Auto de Vista se menciona al art. 556. II del CC, empero, no refiere a la parte in fine que indica que los vicios del consentimiento en los cuales corre a partir del momento que cesa la violencia o se descubre el error o dolo, y, es ahí donde ese artículo concuerda con la demanda que se basa en el art. 554 inc.3) del CC, refiriéndose in extenso a lo establecido por los arts. 554 y 556 del mismo cuerpo legal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 8
- II.4.
- el objeto
- Fragmento 11
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su naturaleza jurídica
- III.2. El debido proceso y los principios de fundamentación, motivación en las resoluciones
- III.2.1. Fundamentación y motivación de las resoluciones
- i)
- III.2.2. Principio de congruencia
- 1)
- CONFIRMAR