SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0550/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0550/2014

Fecha: 10-Mar-2014

II.7.

II.7.  La Sala Civil y Comercial Liquidadora del Tribunal Supremo, dictó el Auto Supremo 17 de 22 de febrero de 2013, declarando improcedente los recursos de casación en el fondo, señalando en uno de sus puntos principales que “no se puede recurrir de casación en el fondo y como si fuera su consecuencia pedir la nulidad de obrados” y en el caso del accionante, éste dedujo recurso de casación en el fondo; sin embargo, concluyó pidiendo la nulidad del Auto de Vista, lo que no es correcto; pues si consideraba que el Auto de Vista impugnado no se pronunció sobre el fondo de la apelación, no obstante -según su criterio- estar debidamente fundamentados sus agravios, correspondía que interponga recurso de casación en la forma y no en el fondo (fs. 53 a 56).