SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0550/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0550/2014

Fecha: 10-Mar-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, alega que se han vulnerado sus derechos al debido proceso, de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, y la propiedad privada; toda vez, que el Juez de primera instancia dictó Resolución declarando probada la demanda dentro de un proceso civil de “división partición de bienes y acciones” sobre bienes gananciales, e improbada la reconvención y las excepciones, cuando debieron aplicar los arts. 101 y 373 inc. h) del CF, actuando el juez de primera instancia sin competencia; aspecto que no fue observado por los Vocales demandados, que mediante Auto de Vista, confirmaron la citada Resolución y tampoco por los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, que por Auto Supremo, declararon improcedente el recurso de casación, cuando debieron revisar de oficio la incompetencia de la autoridad jurisdiccional. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si los actos denunciados son evidentes a objeto de conceder o denegar la tutela solicitada; sin embargo, con carácter previo es necesario analizar la improcedencia de la acción de amparo constitucional, bajo el principio de subsidiariedad, a fin de establecer si es viable o no ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.