SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0731/2014

Fecha: 10-Abr-2014

I.2.1. Ratificación de la acción

Los abogados del accionante manifestaron que se envió el poder de representación desde España; sin embargo, debido a los inconvenientes de la conexión del courrier no fue posible recoger el mismo, razón por la que el poder conferente envió una copia del documento mediante correo electrónico. Con tales argumentos pidieron se acepte la personería de los abogados en mérito a la copia simple del poder, permitiendo intervenir en la audiencia de consideración de la acción de amparo constitucional; sin embargo, el Tribunal de garantías negó dicha petición de los patrocinantes.