SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2014

Fecha: 15-Abr-2014

i)

i) De la revisión de los antecedentes del proceso se evidencia el desconocimiento de la autoridad judicial demandada, de la existencia del trámite de la suspensión condicional de la pena, antes de emitir el mandamiento de captura; ii) La autoridad judicial demandada, solo aplicó la previsión legal contenida en el art. 430 del CPP; y, iii) La solicitud de dejar sin efecto la orden de captura fue formulada de manera extemporánea, pues debió pedirse antes de su ejecución, en efecto, las decisiones de la autoridad judicial demandada, fueron asumidas en estricta observancia de sus competencias; por lo tanto, el Juez Primero de Ejecución Penal, carece de legitimación pasiva para ser demandado en la presente acción.