SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2014

Fecha: 15-Abr-2014

III.1.

El Estado Plurinacional de Bolivia, fue refundado a partir de la Constitución aprobada por referendo constitucional de 25 de enero de 2009 y promulgada el 7 de febrero del mismo año, en el marco de la referida reforma constitucional, se refunda un nuevo modelo de Estado, el cual diseña su estructura en base al “pluralismo”, la “interculturalidad” y la “descolonización”.

Así, de acuerdo a las bases dogmáticas del modelo constitucional, la cláusula estructural de la Constitución plasmada en su art. 1, en armonía con el Preámbulo de ésta Norma Suprema y en estricta concordancia con el principio de “libre determinación” plasmada en el art. 2 del texto constitucional, consolida, bajo criterios de interculturalidad, complementariedad y descolonización, el pluralismo como el eje esencial de la reforma constitucional y asegura en una estructura unitaria y merced a la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre su territorio, una coexistencia plurinacional armónica para asegurar así el fin esencial del Estado: el vivir bien.

En coherencia con lo señalado, el Preámbulo de la Constitución, señala que la construcción del nuevo Estado, está basada en el respeto e igualdad entre todos, dentro de los alcances de los principios de complementariedad, solidaridad, armonía y equidad en la distribución y redistribución del producto social, donde predomine la búsqueda del vivir bien, con respeto a la pluralidad económica, social, jurídica, política y cultural de los habitantes de esta tierra y en convivencia colectiva con acceso al agua, trabajo, educación, salud y vivienda para todos.

Por tanto, a partir de la concepción del pluralismo como elemento fundante del Estado, el modelo de Estado, se estructura sobre la base de derechos individuales y también derechos con incidencia colectiva, pero además, la concepción del pluralismo y la interculturalidad, configuran un diseño de valores plurales supremos, los cuales deben irradiar de contenido todos los actos de la vida social.