SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2014

Fecha: 15-Abr-2014

se tiene que la diferenciación del ejercicio jurisdiccional en cuatro ámbitos específicos y en particular la consagración de la jurisdicción indígena originario campesina, consolidan la vigencia del principio de libre determinación reconocido por el art. 2 de la CPE y aseguran la vigencia de los elementos directrices de la refundación del Estado en el marco de una plurinacionalidad con complementariedad, armonía social y respeto que debe prevalecer en un Estado Unitario destinado a resguardar el vivir bien como fin esencial de éste.

         El contenido literal de la disposición analizada, en una interpretación sistémica y armoniosa del orden constitucional vigente, asegura que la unidad jurisdiccional como elemento rector de la administración de justicia en el Estado Plurinacional de Bolivia, responda al modelo de Estado Unitario reconocido en la cláusula estructural plasmada en el art. 1 de la CPE, pero además, bajo una interpretación conforme a las directrices y pautas rectoras del modelo constitucional, en particular a la luz del pluralismo, la interculturalidad y la descolonización, se tiene que la diferenciación del ejercicio jurisdiccional en cuatro ámbitos específicos y en particular la consagración de la jurisdicción indígena originario campesina, consolidan la vigencia del principio de libre determinación reconocido por el art. 2 de la CPE y aseguran la vigencia de los elementos directrices de la refundación del Estado en el marco de una plurinacionalidad con complementariedad, armonía social y respeto que debe prevalecer en un Estado Unitario destinado a resguardar el vivir bien como fin esencial de éste.