SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2014

Fecha: 15-Abr-2014

III.3.3. Tercer presupuesto para el ejercicio de la jurisdicción indígena originario campesina: la generación de actos, hechos o conflictos en la nación o pueblo indígena o que surtan efectos en ella

                                El resultado hermenéutico antes señalado, es el que debe asignársele al art. 11 de la LDJ, en una interpretación “desde y conforme al Bloque de Constitucionalidad”, siendo por tanto el ámbito de vigencia territorial, de acuerdo al alcance precisado en este fallo, el tercer presupuesto para la aplicación de la jurisdicción indígena originaria campesina.