SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2014

Fecha: 21-Abr-2014

el objeto de la presente acción de amparo constitucional

Tal como se señaló en el Fundamento Jurídico C.1, el objeto de la presente acción de amparo constitucional es la solicitud de tutela, resguardo y restitución a los derechos de la comunidad de Buena Vides a la petición, al deporte, a la cultura física, a la recreación, a ejercer sus prácticas y costumbres ancestrales, a participar en los órganos e instituciones del Estado, al ejercicio de cargos originarios, deportivos, políticos y municipales; a la realización de actividades deportivas que se desarrollan en la comunidad y al ejercicio de cargos directivos por rotación, así como a la participación en las elecciones municipales con candidatos de esta comunidad. Asimismo, por el contenido de la acción de amparo constitucional presentada, se establece también que los ahora accionantes piden la restitución y resguardo al derecho de la comunidad de Buena Vides y de Sinforiano Mamani Rojas al debido proceso y a la defensa.

En el marco de lo señalado, considerando que la acción de amparo constitucional ahora presentada, contiene peticiones vinculadas a derechos individuales, pero también a derechos colectivos, para el análisis de fondo de la problemática, en relación a estos últimos, corresponde realizar la reconducción procesal y ejercer el control de constitucionalidad en el marco de la acción popular, por cuanto, la argumentación en esta parte de la sentencia, se dividirá en dos partes esenciales: la primera que abordará la problemática planteada en el marco de la acción popular; y la segunda, que resolverá las denuncias realizadas en el contexto de los alcances del amparo constitucional, tarea que será desarrollada infra.