SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0817/2014

Fecha: 30-Abr-2014

denegó

El Juez Segundo de Partido en lo Civil, Comercial, Penal, Familiar, de la Niñez y Adolescencia, del Trabajo y Seguridad Social de Monteagudo del departamento de Chuquisaca, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 21 de octubre de 2013, cursante de fs. 108 vta. a 111, denegó la tutela solicitada, sin responsabilidad civil o penal, con los siguientes fundamentos; a) La acción de amparo constitucional tiene naturaleza subsidiaria pero excepcionalmente se rompe cuando existe un peligro eminente y un daño irreparable; b) En proceso ordinario se determinó probada la demanda de desocupación y fue confirmada en casación al ser declarado el mismo infundado, quedando por tanto ejecutoriada la Sentencia de primera instancia librándose por ende, el correspondiente mandamiento de desapoderamiento encomendando su cumplimiento a la policía local; c) De las fotos adjuntas no consta que los demandados, hubieren cometido los hechos que se denuncian en la presente acción; y, d) De la documental cursante en el expediente no se demuestra que la accionante sea titular del derecho propietario, por lo que el derecho ganancialicio deberá ser probado en otras instancias.