SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0858/2014

Fecha: 08-May-2014

II.4.

II.4.  Por decreto de 18 de febrero de 2013, la Jueza Agroambiental del departamento de Tarija, dispuso expresamente que: “En merito, a la negativa de la parte actora, al encontrase ejecutoriada la sentencia pronunciada dentro el proceso judicial, tiene que ejecutarse coactivamente dentro los alcances establecidos en el art. 517 del Código de Procedimiento Civil, sin ninguna posibilidad de suspensión” (sic) (fs. 108).