SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2014

Fecha: 08-May-2014

concedió

El Juez de Partido, de Sentencia Penal, del Trabajo, Seguridad Social, de la Niñez y Adolescencia de las provincias Eduardo Avaroa, Ladislao Cabrera y Sebastián Pagador con asiento en Challapata del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 24 de octubre de 2013, cursante de fs. 85 vta. a 88, concedió la tutela solicitada; determinando: a) “Con carácter de conminatoria la Honorable Alcaldía Municipal por la Unidad que corresponda debe dar respuesta positiva o negativa a las solicitudes exigidas por los cuatro ciudadanos peticionantes dentro el plazo de 48 horas” (sic); b) “En caso contrario será pasible el Titular en este caso, (…) a la responsabilidad Penal establecida en el artículo 179 bis del Código Penal modificado por la disposición final cuarta del Código Procesal Constitucional” (sic); y, c) Se condena en daños, perjuicios y costas procesales; decisión tomada bajo el siguiente argumento: En toda la prueba que se analizó y valoró, no existe una respuesta escrita, en forma directa emitida por la Alcaldía Municipal de Challapata a favor de los ahora accionantes (SC 0843/2002-R de 19 de julio,  art. 24 y 128 de la CPE).