Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2014
Fecha: 08-May-2014
II.7.
“Esperando una respuesta positiva de su autoridad, para su respuesta señalamos domicilio en la calle Chuquisaca s/n esq. Pasaje sin nombre (puerta de garaje verde) de propiedad de Justino Chino (Presidente de la Junta Vecinal “San Antonio -Challapata Pampa”) Cels. 73839715 -73810738-73842874” (sic). Cursan en dicha solicitud firmas y nombres ilegibles (fs. 19); petición reiterada el 27 de agosto y 16 de septiembre de 2013 (fs. 20 a 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- el objeto
- Fragmento 13
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su naturaleza jurídica
- III.2. El derecho de petición, alcance y contenido
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR