SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2014

Fecha: 08-May-2014

II.3.

II.3.  Cursa a fs. 34 a 36, Auto de Vista 34/2013 de 17 de abril, que revocó el auto interlocutorio de 2 de enero de 2013, dictado por el juez de primera instancia que determinó: “…que para ejecutar o cumplir la sentencia, se requiere previamente la debida partición y división y una vez registrada dicha participación y división en los Registros de Derechos Reales se contará con un registro exclusivo del vendedor Juan Bernardino Figueroa Segovia, a partir del cual recién se podrá suscribir la minuta de transferencia definitiva”; disponiendo: “…que el Juez A-quo proceda subsidiariamente a otorgar la Minuta y Escritura de Transferencia Definitiva a favor de los compradores (demandantes) Sres. EDGAR HUMBERTO RIOS TORREJON Y NORMA YENY SUBIA MARTINEZ de la Accion y Derecho sobre 210.000 M2 (21 Has.) de propiedad de JUAN BERNARDINO FIGUEROA SEGOVIA, y sea conforme a los datos que constan en el documento de Fs. 2 a 3 vta”. (las negrillas son nuestras)