SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0886/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0886/2014

Fecha: 12-May-2014

i)

El abogado de Joel Gutiérrez Landivar en audiencia refirió que: i) Anteriormente patrocinó a Yolanda Caseruna Gayti, Irma Sely Comauza y Gladys Aliaga Raldes, quienes no fueron notificadas con el referido proceso, ya que su persona no pudo ubicarlas para poner en su conocimiento la presente acción de amparo constitucional y que ahora únicamente patrocina a Joel Gutiérrez Landívar; ii) Los argumentos de la acción de amparo constitucional son los mismos a uno anterior que conoció la Sala Penal Segunda; así también, que son similares los sujetos procesales, habiendo únicamente agregado a Joel Gutiérrez Landívar, que es presidente de una junta vecinal; iii) Los actos de violencia ya fueron denunciados en la anterior acción de amparo constitucional y que a esa fecha estaban dentro de los seis meses que establece la ley, pero en el presente caso ya sobrepasó ese plazo; y, iv) No pueden existir dos sentencias sobre el mismo objeto, sujetos, debiendo por ende, declararse la improcedencia de la acción.