Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0886/2014
Fecha: 12-May-2014
II.1.
II.1. De fs. 2 a 22, cursan los testimonias de poder especial, amplio, bastante y suficiente 2262/2010, 2211/2010, 315/2010, 314/2010, 316/2010, 1601/2013, 1760/2013, 2233/2013 y 1759/2013, que confieren Pauline Alida de Haan, Randi Simone Mulder, Ymke Lisette Anna Mulder y Christa Pauliene Hilda Mulder, en favor de José Adalit Murillo del Castillo y María Eugenia Corcus Pérez.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcance la cosa juzgada constitucional
- el alcance de la cosa juzgada constitucional está determinado, entre otros, en su efecto erga omnes y no simplemente interpartes y además en que no podrá juzgarse dos veces y por las mismas razones alegadas una misma situación, en resguardo del efecto material de las sentencias constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR