SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2014
Fecha: 14-May-2014
a) La interpretación y aplicación al caso concreto de las normas procesales civiles referidas al inicio del cómputo del plazo para el pronunciamiento de incidentes, que dieron origen a que se inicie causa disciplinaria en contra del Juez accionante.
La labor interpretativa del Tribunal Disciplinario de las normas contenidas en el art. 154 concordante con el 203 del CPC; y, 94 de la LOJ, así como otras consideradas pertinentes, sustentadas en la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia y de este propio Tribunal Constitucional Plurinacional, referidas al inicio del cómputo del plazo para el pronunciamiento de incidentes y su posterior exteriorización en una cadena argumentativa de validez constitucional y legal, es esencial, en el caso concreto, para resolver si la conducta del juez procesado disciplinariamente debió ser o no objeto de sanción.
Este tema estuvo en debate jurídico en el transcurso del proceso disciplinario; sin embargo, la Resolución 84/2013, no incluye fundamentación ni motivación alguna al respecto; limitándose a señalar que entre el planteamiento del incidente de nulidad de solicitud de dejarse sin efecto la anotación preventiva (18 de junio de 2012) y el fallo que lo resolvió (29 de noviembre de 2012), transcurrieron cinco meses, es decir, inobservando lo dispuesto en el art. 154 del CPC, por cuanto una vez planteado el incidente y contestado el mismo (el 7 de agosto de 2012) el juzgador debió dictar la resolución correspondiente sin mayor demora.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- i)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada en el Estado Constitucional de Derecho: Jurisprudencia reiterada
- ha desarrollado las formas en las que puede manifestarse la arbitrariedad
- “b.1
- b.2)
- las tres formas en las que puede manifestarse la arbitrariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- a) La interpretación y aplicación al caso concreto de las normas procesales civiles referidas al inicio del cómputo del plazo para el pronunciamiento de incidentes, que dieron origen a que se inicie causa disciplinaria en contra del Juez accionante.
- b) Realizada la anterior tarea, correspondía la argumentación jurídica referida a si la conducta del juez procesado disciplinariamente debió ser o no objeto de sanción.
- motivación insuficiente”;