SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2014
Fecha: 14-May-2014
concedió
La Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 558/2013 de 11 de noviembre, cursante de fs. 283 a 288 vta., concedió la tutela peticionada, respecto a los derechos encontrados como vulnerados (sin enunciar en la parte resolutiva cuáles son) y en consecuencia dispuso: a) Dejar sin efecto la Resolución 84/2013, emitida por los Consejeros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, ahora demandados, debiendo emitir nueva resolución tomando en cuenta las circunstancias expresadas en la resolución; y, b) Procederse a la cancelación de los haberes que no percibió el accionante por efecto de la sanción de suspensión de funciones sin goce de haberes, con el argumento de que no puede mantenerse como válida la ejecución de una sanción dispuesta por la Resolución 84/2013, que como efecto de la concesión de la tutela fue dejada sin efecto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- i)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada en el Estado Constitucional de Derecho: Jurisprudencia reiterada
- ha desarrollado las formas en las que puede manifestarse la arbitrariedad
- “b.1
- b.2)
- las tres formas en las que puede manifestarse la arbitrariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- a) La interpretación y aplicación al caso concreto de las normas procesales civiles referidas al inicio del cómputo del plazo para el pronunciamiento de incidentes, que dieron origen a que se inicie causa disciplinaria en contra del Juez accionante.
- b) Realizada la anterior tarea, correspondía la argumentación jurídica referida a si la conducta del juez procesado disciplinariamente debió ser o no objeto de sanción.
- motivación insuficiente”;