SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0905/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0905/2014

Fecha: 14-May-2014

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Oswaldo Aguilar Flores, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, en el informe escrito cursante a fs. 292, manifestó que la detención preventiva asumida, fue en el marco del debido proceso, por cuanto el Ministerio Público, a tiempo de presentar imputación formal, ofreció y produjo elementos de juicios que sustentan los dos presupuestos del art. 233 del CPP, elementos que fueron objeto de valoración probatoria. La detención preventiva no fue impugnada por las partes y a la fecha se encuentra ejecutoriada; posteriormente, los accionantes formularon incidentes de cesación a la detención preventiva e incidente de nulidad, que fueron considerados y resueltos conforme a derecho e impugnados en apelación, estando actualmente en pleno trámite de alzada.