Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2014
Fecha: 12-May-2014
Fragmento 12
El derecho a la libertad física y personal constituye el ícono de la integridad de otros derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Estado y normas del derecho internacional sobre Derechos Humanos; por cuanto, es a partir de su vigencia que se garantiza el ejercicio de otros derechos fundamentales; por consiguiente, la adopción de medidas restrictivas o limitativas del mismo -derecho a la libertad física y personal-, está condicionada a la estricta observancia de los principios de reserva legal, reserva judicial y proporcionalidad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 12
- III.2.Apresamiento ilegal o indebido y la acción de libertad
- III.3.El control jurisdiccional en la etapa de ejecución penal: tarea exclusiva del Juez de Ejecución Penal
- (Control Jurisdiccional).-
- III.4.De la responsabilidad estatal frente al daño judicial
- III.5.Análisis del caso concreto
- 3º Disponer