SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2014
Fecha: 12-May-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 13 de junio de 2007, Sergio Rodríguez Chuve, fue condenado por el Juez Mixto de Warnes, a cumplir la pena de cinco años “de cárcel” por la comisión del delito de robo agravado; sin embargo, la autoridad judicial demandada no informó al Juez de Ejecución Penal, provocando que su privación de libertad supere los cinco años y dejándole en absoluto estado de indefensión, ante la imposibilidad de acudir a la autoridad competente.
El 9 de septiembre de 2013, solicitó al Juez demandado remitir el expediente a la autoridad competente para disponer su libertad; empero, en franca inobservancia del principio de celeridad se le respondió que “el expediente no lo encuentran” (sic), ante la insistencia de sus familiares señalaron que el “expediente se habría perdido” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 12
- III.2.Apresamiento ilegal o indebido y la acción de libertad
- III.3.El control jurisdiccional en la etapa de ejecución penal: tarea exclusiva del Juez de Ejecución Penal
- (Control Jurisdiccional).-
- III.4.De la responsabilidad estatal frente al daño judicial
- III.5.Análisis del caso concreto
- 3º Disponer