SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0921/2014
Fecha: 15-May-2014
a)
La parte accionante ratificó in extenso los términos de la demanda de acción de libertad planteada, y los amplió señalando que: a) Contra la ilegal revocatoria de las medidas sustitutivas impuestas, se planteó incidente por actividad procesal defectuosa, toda vez que la Jueza demandada validó una certificación emitida por una pasante de la Fiscalía y en un supuesto cambio de domicilio, lo cual no es evidente, puesto que en el lugar donde fue notificado, es su lugar de trabajo y de ninguna manera su nuevo domicilio; b) La autoridad jurisdiccional ha admitido una querella por la presunta comisión del delito de violación en contra de su representado, formalizada por un tercera persona que no ha acreditado su personería en representación de una menor. Por otra parte, no existe una adecuada valoración de la supuesta prueba, a lo que agrega que el imputado no firmó el libro, porque cuando se apersonó a la Fiscalía no estaba el libro para que cumpla con lo impuesto como medida cautelar, no siendo su responsabilidad, sino de los encargados de los libros del Ministerio Público; c) La Jueza, señaló que existirían los riesgos procesales como el de fuga; sin embargo, no ha demostrado esa afirmación o que existen actos preparatorios, por lo que la Resolución que impugna es ilegal, habiéndose vulnerado el debido proceso y el derecho a la libertad de sus representado, quien se encuentra detenido preventivamente en Vallegrande, por una inadecuada valoración de prueba en la que se ha validado una indebida certificación de la pasante de la Fiscalía y dando por cierto un cambio de domicilio, lo que no es evidente; solicitando por lo expuesto se conceda la tutela solicitada.