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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2014

    Fecha: 15-May-2014

    II.2.

    II.2.  Contra la referida resolución, el accionante sostiene interpuso recurso de apelación incidental en forma oral en la audiencia pública de medidas cautelares, apelación que a la fecha de interposición de la presente acción de libertad ha sido remitida al Tribunal de alzada para su conocimiento y resolución (fs. 1 a 4).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
    • si el recurso de apelación es interpuesto oralmente en audiencia, corresponde que el juez o tribunal disponga decrete su remisión en dicha audiencia, para que a partir de dicha providencia se compute el plazo de veinticuatro horas establecido en el art. 251 del CPP.
    • III.3.Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • Fragmento 15

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