SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0997/2014
Fecha: 05-Jun-2014
II.4.
II.4. Certificación de 29 de noviembre de 2012, emitida por el Jefe del Departamento de Vehículos dependiente de la Secretaría de Recaudaciones y Gestión Catastral del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz, que señala: “Revisado el Sistema del Registro Único para la Administración tributaria Municipal (R.U.A.T) a solicitud del Sr. Jorge Alberto Añez Rivero (Importador). El Departamento de Vehículos dependiente de la Secretaría de Recaudaciones y Gestión Catastral del Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra certifica que: La póliza Nº090207890, NO se encuentra habilitada en el sistema RUAT.NET-VEHÍCULOS, motivo por el cual no es posible la inscripción de dicha póliza. Debe apersonarse en la Aduana Nacional para realizar la habilitación correspondiente. Se adjunta reporte del Sistema RUAT.NET-VEHÍCULOS…” (sic) que acredita lo certificado (fs. 35 a 36).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.3.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El acto administrativo firme y la cosa juzgada administrativa
- III.2. Análisis del caso concreto