SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2014

Fecha: 06-Jun-2014

Fragmento 17

                 En relación al derecho fundamental de acceso a la justicia, en la SCP 0839/2012 de 20 de agosto, establece que éste: “'…no se satisface si el juez deja de pronunciarse sobre el asunto sometido a su decisión, quedando éste imprejuzgado' , por lo que '…es un principio general, en materia de procedimiento, por estar directamente relacionado con el debido proceso y el derecho de defensa, que exista la debida coherencia, en todas las sentencias, entre los hechos, las pretensiones y la decisión. Es decir, el juez debe resolver todos los aspectos ante él expuestos'”.