Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2014
Fecha: 06-Jun-2014
II.3.
II.3. El Tribunal de Sentencia Penal de Monteagudo, dictó el Auto Interlocutorio 38/2013 de 3 de septiembre, declarando improbado el incidente de modificación a la medida cautelar de detención preventiva impuesta a los acusados; disponiendo que mientras la Sentencia condenatoria emitida en su contra no adquiriera ejecutoria, debían cumplir la medida en la cárcel pública de Monteagudo, ratificando a ese efecto las medidas de seguridad y control dispuestos (fs. 98 a 101 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2.
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denego
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. De la garantía del debido proceso
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2.2. Derecho de acceso a la justicia
- Fragmento 19
- III.2.3. Derecho a la tutela judicial efectiva
- Fragmento 21
- III.3. Análisis del caso concreto