Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1008/2014
Fecha: 06-Jun-2014
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Mediante AC 0282/2013-RCA de 10 de diciembre, la Comisión de Admisión de este Tribunal, revocó la Resolución 567/2013 de 11 de noviembre, dictada por el Tribunal de garantías -declarando la improcedencia de la presente acción tutelar-, disponiendo su admisión (fs. 177 a 182); celebrándose la audiencia pública de consideración de la misma el 13 de febrero de 2014, en presencia de la accionante asistida por su abogado; ausentes las autoridades judiciales demandadas y los terceros interesados, según consta en el acta cursante de fs. 234 a 237 vta., produciéndose los siguientes actuados:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2.
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denego
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. De la garantía del debido proceso
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2.2. Derecho de acceso a la justicia
- Fragmento 19
- III.2.3. Derecho a la tutela judicial efectiva
- Fragmento 21
- III.3. Análisis del caso concreto