SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1059/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.9.
II.9. Según testimonio de Poder 198/2013 de 12 de junio de 2013, emitido por la Notaria de Fe Pública 32 del Distrito Judicial de Santa Cruz, Yamile Elizabeth Kattan Talamas, en su condición de Presidenta del Directorio de la Empresa Concesionaria Zona Franca Comercial “San Matías” S.A. (ZOFRASMAT S.A.), con matrícula de comercio 7-31571-3, en conformidad con el Poder General de Administración 286/2008, confirió poder especial amplio y suficiente a favor de Edmundo Flores Dávila, para que se apersone ante el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz y Tribunal Constitucional Plurinacional, e interponga amparo constitucional; testimonio que contiene la transcripción de las partes pertinentes del Poder 286/2008 (fs. 115 a 116).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Legitimación activa de las sociedades comerciales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR