Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1068/2014
Fecha: 10-Jun-2014
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
No habiéndose encontrado consenso en la Sala, de conformidad al art. 30.I.6 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), se procedió a convocar al Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional a fin de dirimir con su voto el caso en análisis, por lo que el pronunciamiento de la presente Sentencia se encuentra dentro de plazo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Su configuración
- III.2. Normativa aplicable al caso específico
- El DS 27172 Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial - SIRESE de 15 de septiembre de 2003, respecto a los trámites de solicitudes de licencias y la fase administrativa de impugnación de sus resoluciones señala
- III.3. Jurisprudencia aplicable al caso específico
- b) Cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR