SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1070/2014
Fecha: 10-Jun-2014
1)
Ricardo Vaca Alfaro, Administrador Departamental de la CPS, presentó informe escrito cursante de fs. 211 a 213, cuyos fundamentos fueron reiterados en audiencia, manifestando: 1) Se le canceló a la ahora accionante su finiquito el 29 de noviembre de 2012, procediéndose a su pago mediante depósito en la cuenta de custodia del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; 2) El 11 de diciembre, la ahora accionante solicitó al Ministerio citado precedentemente, su reincorporación aduciendo despido injustificado, además del pago de sus salarios al día de su reincorporación; 3) Por su parte, la Jefatura Departamental del Trabajo, emitió la Nota JDTSC/CONM. 17/2013, por la cual se conminó a la CPS, reincorpore a la ahora accionante a su fuente laboral, reponiendo sueldos devengados y demás derechos laborales, Resolución que fue objeto de recurso de revocatoria por la CPS, por cuanto la accionante se encuentra registrada en la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) Futuro de Bolivia S.A. con el Número Único de Aportaciones (NUA) 17557628, en la cual percibe una prestación dentro de la seguridad social de largo plazo, por efecto del trámite de invalidez y/o jubilación que ella misma habría realizado ante la AFP; 4) Ante el recurso interpuesto, el Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social, emitió la RA 09/2013 de 8 de abril, en la cual resolvió declinar competencia aduciendo que no tiene atribuciones y competencias para interpretar las leyes; y, 5) Finalmente indicó que la accionante no interpuso recurso jerárquico, contra esta última Resolución, por lo que la indicada accionante, no agotó la vía administrativa, debiendo denegarse la acción de amparo constitucional por subsidiariedad.
1° REVOCAR la Resolución 231 de 2 de septiembre de 2013, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela impetrada, bajo los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Su configuración
- Fragmento 11
- III.2. Del principio del derecho laboral, protectivo del trabajador
- III.3. De las resoluciones de conminatoria de reincorporación emitidas por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social
- “Sin perjuicio de lo dispuesto en el Parágrafo IV del presente Artículo, la trabajadora o trabajador podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan
- III.3.1. Jurisprudencia
- III.4. Derecho al trabajo y empleo
- III.4.1. Jurisprudencia
- III.6. Análisis del caso concreto