Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1126/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.5.
II.5. Informe “CITE SIN/GGCBBA/DRE/INF/00772/2013” de 3 de diciembre de 2013, emitido por el Departamento de Recaudaciones y Empadronamiento de la Gerencia SIN-GRACO Cochabamba, sobre el Plan de Facilidades de Pago, correspondiente a TDE S.A., con NIT 1023097024, por el que se refiere que la entidad ahora accionante, a la fecha ha venido cumpliendo con la obligación tributaria consignada en la RA 392000016313 y la base de datos corporativa registra el pago oportuno hasta la cuota cuatro. (fs. 228); Adjunta formularios y reportes del plan de pagos correspondiente (fs. 229 a 235).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- b)
- c)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR