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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1141/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1141/2014

    Fecha: 10-Jun-2014

    II.4.

    II.4.  A fs. 5 cursa la RA 107/13 de 11 de octubre de 2013, a través de la cual, la autoridad demandada emitió Resolución respecto al Recurso de revocatoria interpuesto por el accionante, disponiendo “NO HA LUGAR A LA REVOCATORIA”, alegando que la Resolución impugnada se encuentra debidamente fundamentada en base al art. 34 de la Ley 259, y que el caso, no merecía la apertura de un proceso administrativo.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional, jurisprudencia reiterada
    • III.2.Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia del amparo cuando concurre el principio de subsidiariedad
    • un instrumento subsidiario y supletorio '…en la protección de los derechos fundamentales, subsidiario porque no es posible utilizarlo si es que previamente no se agotó la vía ordinaria de defensa y supletorio porque viene a reparar y reponer las deficiencias de esa vía ordinaria'.
    • a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • mediante resolución
    • comete una infracción,
    • CONFIRMAR

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