Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1149/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.6.
II.6. Por Auto Supremo 191/2013-RRC de 22 de julio, la Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, declaró fundado el recurso de casación interpuesto por Alex Estefan Aramayo Raña, dejando sin efecto el Auto de vista 54/2013 de 18 de marzo, disponiendo se dicte nueva resolución sin modificar la condición de condenado del imputado (fs. 110 a 114 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- “otorgó parcialmente”
- 1)
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional.
- III.2. El derecho a la defensa y a la impugnación en el marco del debido proceso a la luz del principio pro actione
- “sin que las exigencias formales impidan su protección oportuna y efectiva”
- III.3. La igualdad de las partes procesales, axioma y derecho fundamental como garantía constitucional de la seguridad jurídica
- III.4. Del recurso de casación Penal como elemento integrante del debido proceso y por tanto regido por el principio de verdad material
- III.5. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones y el principio de congruencia
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.6.1. Respecto al Auto Supremo 168/2013-RA de 13 de junio
- III.6.2. Respecto al Auto Supremo 191/2013-RRC de 22 de junio
- CONFIRMAR