SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2014

Fecha: 10-Jun-2014

III.6.6. Sanciones y cumplimiento

Entendiendo que la Justicia Indígena Originaria Campesina, es el conjunto de normas basadas en valores y principios culturales propios, con procedimientos y prácticas conformes que regulen la vida social en la comunidad y el territorio. Las reparaciones a las transgresiones de dichas normas pueden ser por la vía de la recomposición, la compensación, y/o la remediación de los daños causados, y no sólo por la vía del castigo, que es la forma preponderante en la Justicia Ordinaria u occidental.

En este entendido, ninguna sanción podrá realizar una autoridad de manera individual y dictatorial sino que, todo es un proceso que sigue los procedimientos internos que es de conocimiento de todos. Cualquier determinación de una sanción llega hasta la máxima autoridad, en el caso de Challapata, dirigido por el Kuraj Kamachij.