Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1232/2014
Fecha: 16-Jun-2014
Fragmento 13
Planteada la problemática, se evidencia que el accionante cuestiona las actuaciones del Fiscal de Materia, Juez Primero de Instrucción Penal y Vocales de la Sala Penal Primera y Segunda y del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por lo que corresponde referirse a cada una de ellas para verificar si estas autoridades vulneraron el derecho fundamental invocado en la acción, para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la necesidad y obligación del juzgador a fundamentar y motivar las resoluciones
- III.3. Sobre el Tribunal de alzada que conoce la apelación incidental de una medida cautelar
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Actuación del Juez Primero de Instrucción en lo Penal Cautelar
- Actuación del Tribunal de alzada
- 1° REVOCAR en parte