SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1232/2014
Fecha: 16-Jun-2014
Fragmento 14
Con referencia a la declaratoria de legalidad de la aprehensión denunciada, se constata que recibida la imputación formal contra el imputado, el Juez cautelar mediante proveído de 3 de septiembre de 2013, señaló audiencia pública de medidas cautelares para el 4 del mismo mes y año, en la cual la defensa planteó incidente por actividad procesal defectuosa sobre la ilegalidad de la aprehensión, alegando que no se guardaron las formalidades legales por parte del representante del Ministerio Público, en consideración a que dentro del proceso investigativo iniciado en su contra, la orden de aprehensión y el respectivo mandamiento fueron emitidos con anterioridad a la ejecución de su aprehensión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la necesidad y obligación del juzgador a fundamentar y motivar las resoluciones
- III.3. Sobre el Tribunal de alzada que conoce la apelación incidental de una medida cautelar
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Actuación del Juez Primero de Instrucción en lo Penal Cautelar
- Actuación del Tribunal de alzada
- 1° REVOCAR en parte